noviembre 24, 2024
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) identificó prácticas indebidas de empresas de paquetería y mensajería en la importación de diversas mercancías.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) identificó prácticas indebidas de empresas de paquetería y mensajería en la importación de diversas mercancías que buscan evitar el pago del impuesto general de importación (IGI) y del impuesto al valor agregado (IVA).

El órgano fiscalizador detectó que aumentaron las importaciones de ropa, adornos de casa, bisutería, utensilios de cocina, juguetes, electrónicos, entre otros, en las que participan empresas extranjeras dedicadas a la venta por Internet, plataformas de comercio electrónico, consignatarios y empresas de mensajería y paquetería que, al omitir el pago de impuestos e incumplir con regulaciones y restricciones no arancelarias, incurren en el delito de contrabando y defraudación fiscal.

Lo anterior fue dado a conocer mediante la publicación anticipada de la Primera Modificación al Anexo 5 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2024, en la que se establecen como prácticas indebidas que alteran las operaciones de comercio exterior, como son:

La manipulación de pedidos que se envían el mismo día, semana o mes, dividiéndolos en paquetes individuales en los que se subvalúa el valor original del pedido, a fin de que el valor de cada paquete no exceda de 50 dólares de americanos;

Asistir, auxiliar, ayudar, coadyuvar, colaborar, contribuir, cooperar, coordinar o participar directa o indirectamente para aplicar indebidamente el despacho simplificado de mercancías a través de empresas de mensajería y paquetería; omitir el pago del IGI e IVA; así como no describir incorrectamente los productos;

A quien asesore, aconseje, preste servicios o participe en la realización o la implementación de cualquiera de las prácticas anteriores.

Por ello, el SAT realiza acciones de fiscalización para fortalecer la vigilancia y combatir dichas prácticas.

Asimismo, exhorta a las empresas del ramo a operar en el marco de la legalidad y evitar generar un perjuicio al fisco federal.

 

Nota de Abel López Jiménez.

 

 

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