abril 9, 2026

Ciudad De México, 09 de abril de 2026.- En comisiones del Senado se aprobó por unanimidad reformar el artículo 73 de la Constitución para facultar al Congreso a expedir una ley general en materia de feminicidio.

La reforma tiene el fin de que la Federación y los estados actúen con los mismos criterios y se eviten diferencias normativas. Con una ley general, las diferencias en sanciones llegarán a su fin y habrá las mismas aplicables en cualquier lugar del país.

Martha Lucía Mícher Camarena, presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género, indicó que las razones de género son “situaciones objetivas que pueden ser demostrables, verificables y que constituyen precisamente un elemento para decidir que se realizó feminicidio”.

Actualmente, sólo en los códigos penales de nueve estados se contemplan las mismas razones de género del tipo penal que se establece a nivel federal. En el resto de las entidades hay diferencias aumentando o reduciendo las razones de género.

Las penalidades varían: en gran parte del país la sanción es de 40 a 70 años de prisión. En Baja California, Coahuila y Michoacán se penaliza con 20 a 50 años de cárcel, mientras que en Chiapas la pena va de 55 a 100 años.

La panista Laura Esquivel remarcó la necesidad de prever presupuesto para la reparación del daño. “Los feminicidios en México son una emergencia nacional”, señaló.

Esquivel agregó que los niños huérfanos de las víctimas de feminicidio deben tener una pensión mensual, atención médica y sicológica, becas, protección especial en temas de tutela y custodia y apoyo para una vivienda digna y segura.

Con esta reforma se cumplirá con los estándares internacionales de los instrumentos que México ha suscrito en materia de feminicidio.

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