junio 22, 2026

Bogotá, 22 de junio de 2026.- Durante un panel sobre tendencias electorales en América Latina realizado en esta ciudad, el académico Daniel Zovatto y la magistrada Mónica Soto, del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sostuvieron un intercambio de posturas respecto a la distribución de diputaciones plurinominales tras las elecciones federales de 2024 en México.

Zovatto, experto en procesos electorales, señaló que Morena obtuvo una mayoría legislativa superior a la que reflejaban los resultados electorales. El académico afirmó que el partido oficialista “terminó teniendo un nivel de mayorías significativamente más alto que el que electoralmente le dio, gracias a una interpretación de los resultados”.

Ante estos señalamientos, la magistrada Mónica Soto defendió la actuación del Tribunal Electoral y rechazó que hubiera existido una interpretación distinta a la prevista en la Carta Magna. Soto sostuvo que el TEPJF aplicó la fórmula constitucional utilizada durante años en procesos electorales previos y declaró: “El Tribunal Electoral aplicó íntegra y textualmente la Constitución. Es un argumento falaz”.

Zovatto insistió en que la resolución generó un amplio debate público y jurídico. Horas después del encuentro, el académico publicó un mensaje en su cuenta de X explicando los argumentos de su postura, donde calificó la sentencia como una de las decisiones electorales más controvertidas de los últimos años debido a la interpretación del límite de sobrerrepresentación previsto en el artículo 54 constitucional.

En su análisis posterior, Zovatto expuso que la sentencia cerró la vía jurisdiccional y permitió al bloque oficialista impulsar reformas constitucionales de gran calado. “La sentencia cerró la vía jurisdiccional, permitiendo al bloque oficialista de Morena impulsar reformas constitucionales de gran calado y altamente controversiales, aprovechándose de la súper mayoría que le concedió la mencionada sentencia”, escribió.

Por su parte, la magistrada reiteró que la resolución se sustentó en disposiciones constitucionales vigentes y en criterios previamente aplicados por las autoridades electorales mexicanas, manteniendo su defensa sobre la legalidad del proceso de asignación de escaños.

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