septiembre 14, 2026
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Por Redacción

Ciudad De México, 02 de septiembre de 2026.- Ante las protestas surgidas luego de que se dictara prisión preventiva a Arturo N. únicamente por el presunto delito de homicidio contra Paola Buenrostro, la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) indicó que “la posibilidad de reclasificar a feminicidio en etapas posteriores queda abierta”.

Después de una manifestación de colectivos en la Fiscalía de Investigación del Delito de Feminicidio por este crimen ocurrido hace 10 años, la dependencia señaló que las víctimas y activistas solicitaron que el delito se reclasifique como feminicidio. La FGJCDMX reconoció y respetó esta petición, pero aclaró que el proceso se inició por el delito de homicidio conforme al marco jurídico aplicable en 2016, cuando las causales para acreditar el feminicidio eran más restrictivas y aún no existía el delito de transfeminicidio.

La institución precisó que la orden de aprehensión obtenida ese mismo año fue por homicidio, razón por la cual se llevó a cabo esta primera audiencia bajo dicho cargo. Sin embargo, adelantó que durante las siguientes etapas del proceso fortalecerá la investigación y aportará los elementos necesarios para solicitar al juez que valore la reclasificación del delito, conforme a los hechos acreditados y al marco jurídico aplicable.

Respecto a la identidad de la víctima, la Fiscalía reconoció plenamente a Paola Buenrostro como mujer trans. Al respecto, destacó que “la diferencia entre una acusación por homicidio y una por feminicidio no está en reconocer o no su identidad, sino en determinar si se actualizan los supuestos legales que permiten acreditar que la agresión ocurrió por su condición de mujer”. Ejemplificó que existen otros casos de mujeres víctimas cuyos agresores son acusados por homicidio cuando no se acreditan las circunstancias específicas previstas para el feminicidio.

En cuanto a los señalamientos sobre el trato recibido durante la audiencia, la FGJCDMX resaltó que cualquier error en la forma de dirigirse a las víctimas no corresponde a los estándares de atención que exige a su personal. Aclaró que esto no implica una práctica, instrucción o intención institucional de carácter transfóbico, afirmando que “la Fiscalía mantiene una instrucción expresa de brindar una atención respetuosa y digna, reconocer la identidad de género de las personas y actuar con perspectiva de género”.

Finalmente, la dependencia reconoció el derecho de las víctimas y activistas a manifestarse y exigir justicia, pero subrayó que ninguna manifestación, por legítima que sea, puede justificar agresiones contra servidoras y servidores públicos ni daños a las instalaciones de la institución.

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