noviembre 23, 2024
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La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) informa que durante el presente periodo vacacional de Semana Santa se mantienen vigentes descuentos a estudiantes y maestros que viajen por autotransporte federal o por el servicio ferroviario de pasajeros.

La reducción tarifaria del 50% y 25% para estudiantes y maestros, respectivamente, están en vigor desde el pasado 25 de marzo del presente año, tal como lo establece el periodo vacacional oficial de la Secretaría de Educación Pública (SEP).

La disminución tarifaria se mantendrá hasta el 5 de abril, último día del lapso de asueto que la SEP fijó a los escolares.

Publicada por la SICT en el Diario Oficial de la Federación, la circular puntualiza que las disminuciones tarifarias deberán otorgarlas los prestadores de servicios ferroviarios de pasajeros en su modalidad de regular interurbano y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros en los servicios de primera y económico.

Para hacerlo efectivo, maestros y estudiantes deberán acreditar su carácter ante los prestadores de servicios mediante la exhibición de la credencial correspondiente en vigor o una constancia que deberá contener cuando menos el nombre y sello de la escuela, nombre y fotografía del titular y, en su caso, número de cuenta o matrícula.

Las credenciales con las que maestros y estudiantes deberán acreditar el derecho al descuento serán exclusivamente de las instituciones educativas siguientes: integradas a los sistemas de educación de la SEP; direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas, así como de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM); Instituto Politécnico Nacional (IPN); universidades de toda la República; institutos; escuelas libres de Derecho, Comercio y Homeopatía; Colegio de Bachilleres; y escuelas incorporadas a las antes mencionadas, por lo que se hará efectiva para educandos de preescolar, primaria, secundaria, normal y nivel medio superior y superior.

Las quejas en cuestión de tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Agencia Reguladora del Transporte Ferroviario (ARTF); y en caso de niveles de cobro del autotransporte ante la Dirección General de Autotransporte Federal.

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