noviembre 23, 2024
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De acuerdo con el artículo 22 de la Convención de Viena, las embajadas son inviolables, no pueden ser violentadas ni invadidas por el país anfitrión por ningún motivo

El Grupo de Amistad México-Ecuador de la Cámara de Diputados condenó cualquier agresión en contra de la soberanía y dignidad de México, y se manifiesta por una solución pacífica, jurídica y civilizada al grave diferendo que hay entre estas naciones, dijo la diputada María Eugenia Hernández Pérez, de Morena. 
“Desde la presidencia del Grupo de Amistad expreso nuestra condena más enérgica a las acciones arbitrarias del gobierno de Ecuador; rechazamos tajantemente esa y cualquier otra agresión contra la soberanía y dignidad de México”, aseveró la legisladora en conferencia de prensa. 
Calificó como inaceptable la irrupción de fuerzas policiacas del gobierno ecuatoriano a la embajada mexicana, ya que es violatorio del derecho internacional y constituye un agravio innecesario e injustificable entre países hermanados por la historia, cultura y geografía.
“Fue un acto de hostilidad máxima de un país a otro, equivalente a una invasión porque el derecho diplomático considera que una embajada es parte del territorio nacional del país representado. Es algo tan grave e insólito que ni las dictaduras más feroces se atrevieron a llevar a cabo, porque son actos que derivan en serios conflictos internacionales”, abundó. 
La legisladora hizo hincapié en que este conflicto no es con el pueblo de Ecuador, porque con base en los principios de la diplomacia parlamentaria, “debemos trabajar en beneficio del diálogo, la fraternidad y solidaridad entre los pueblos latinoamericanos”.
“Nos manifestamos por una solución pacífica, jurídica y civilizada a este grave diferendo. Es importante que se recupere la dinámica de conducirse con respeto y legalidad, aunque existan conflictos, problemas, agravios o malos entendidos entre ambas naciones. Sólo por este camino lograremos superar el conflicto sin dejar huellas de resentimiento o ánimo de revanchas posteriores. 
Aclaró que la justificación del gobierno ecuatoriano al invocar a la Convención de la Organización de los Estados Americanos de 1954, en el sentido de que México dio asilo a una persona (Jorge Glas, exvicepresidente de Ecuador) condenada por delitos del fuero común y, por lo tanto, no era sujeto de asilo político, “es una interpretación sesgada del derecho internacional”. 
Explicó que el artículo cuarto de la citada Convención confiere al Estado que concede el asilo la atribución de calificar la naturaleza de los delitos, en este caso México otorgó asilo al exvicepresidente Jorge Glas, porque consideró que es un caso de persecución política, independientemente de las acusaciones que enfrenta.

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