marzo 24, 2026
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Ciudad De México, 24 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó normativas estatales en Durango y Nayarit que establecían sesiones privadas como regla general para los tribunales de justicia y mecanismos de evaluación judicial contrarios al modelo federal. La resolución se dio mediante acciones de inconstitucionalidad presentadas contra reformas aprobadas por los congresos de ambos estados.

En el caso de Durango, la Corte eliminó una disposición que establecía el carácter privado como regla general para las sesiones del pleno del Tribunal Superior de Justicia. Esta norma fue cuestionada por contravenir los principios de transparencia y publicidad que deben regir los órganos judiciales en el país.

Respecto a Nayarit, la SCJN invalidó el mecanismo de evaluación de candidaturas a través de un Comité Estatal de Evaluación Único, por contravenir el modelo federal establecido para la selección de aspirantes a cargos judiciales. El tribunal constitucional determinó que este sistema no se ajustaba a los parámetros nacionales.

Además, en la resolución sobre Nayarit se reconoció una omisión del Congreso estatal al no incorporar la insaculación y la paridad de género en los procesos de selección judicial. Esta determinación obliga al legislativo local a adecuar su normativa para cumplir con ambos principios.

Entre los involucrados en las acciones de inconstitucionalidad figuraron el Poder Ejecutivo Federal y la Comisión Nacional de Derechos Humanos, además de los congresos de Durango y Nayarit como responsables de las reformas impugnadas. La SCJN actuó como órgano constitucional encargado de velar por la supremacía de la Constitución.

Las resoluciones de la Suprema Corte tienen efectos generales y obligan a los estados a modificar sus marcos normativos para alinearse con los parámetros constitucionales federales. Esto implica que Durango y Nayarit deberán reformar sus leyes para restablecer la publicidad de las sesiones judiciales y ajustar los mecanismos de evaluación de candidatos.

Esta decisión se suma a precedentes donde la SCJN ha mantenido criterios sobre transparencia en el poder judicial y paridad en los procesos de selección. Las acciones de inconstitucionalidad representan uno de los mecanismos principales para controlar que las leyes estatales no contradigan la Constitución federal.

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