marzo 28, 2026
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Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la empresa de entretenimiento Xcaret debe dejar de utilizar elementos de la cultura maya en toda su publicidad mientras se resuelve el fondo del asunto. Por una votación de siete a dos, los ministros aprobaron la medida cautelar que revierte una suspensión previa concedida a la compañía turística, estableciendo que la protección del patrimonio ancestral tiene mayor peso que el interés comercial.

El conflicto surgió tras una denuncia presentada por cuatro personas que se ostentaron como mayas ante el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor), lo que derivó en órdenes para retirar contenidos publicitarios con simbología de dicho grupo indígena. Aunque Xcaret impugnó las sanciones argumentando contar con autorización del Gran Consejo Maya y un juzgado de distrito le había otorgado una suspensión definitiva, el máximo tribunal consideró que las empresas no están facultadas para disponer indebidamente del patrimonio cultural de los pueblos indígenas ni del patrimonio de la nación, independientemente de las inversiones o beneficios generados.

La ministra María Estela Ríos González, autora del proyecto aprobado, señaló que la validez de los acuerdos comerciales no puede estar por encima de la salvaguarda de los bienes culturales. En su postura, la mayoría del tribunal sostuvo que el Gran Pueblo Maya no tiene la atribución legal para autorizar el uso de sus símbolos con fines lucrativos de manera que exima a las empresas de cumplir con la normativa de protección al patrimonio.

En sentido contrario, la ministra Yasmín Esquivel emitió un voto disidente al expresar su preocupación porque la decisión desconoce la voluntad del Gran Consejo Maya, entidad reconocida en leyes de protección indígena desde 1998. Esquivel destacó que existe un acuerdo comercial entre la empresa y dicha comunidad del cual se benefician los integrantes, y mencionó que la Corte recibió un escrito con 209 firmas de comisariados ejidales, alcaldes, delegados, subdelegados y jueces tradicionales que apoyan dicha relación.

Con esta resolución, la SCJN ordena la suspensión inmediata del uso de la simbología maya característica de la marca Xcaret hasta que se emita un fallo definitivo sobre la controversia legal. La disputa pone en evidencia la tensión entre la explotación turística de elementos culturales y los mecanismos de representación y consentimiento de las comunidades originarias en México.

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